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Ley 1996 del 2019 eliminó la competencia del ICBF para atender población con discapacidad mental absoluta (3:35 p.m.)

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20 de Diciembre de 2019

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La competencia que había sido otorgada por la Ley 1306 del 2009 al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a través de los defensores de familia para atender a la población con discapacidad mental absoluta fue eliminada por la Ley 1996 del 2019, que estableció el régimen para el ejercicio de la capacidad  legal de las personas con discapacidad mayores de edad. Por lo tanto, a partir de esta disposición, dicha población quedó por fuera del ámbito de competencia del ICBF. La nueva ley se refiere al ente rector de la política nacional de discapacidad como el encargado de establecer los lineamientos y protocolos que regirán la atención a la población con discapacidad mental absoluta y designa a entidades como la Defensoría del Pueblo, la Personería y los entes territoriales para que presten los denominados servicios de valorización de apoyos a partir de los cuales se busca soportar las necesidades de la población en cuestión.  

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