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Las visitas son también exigibles al padre que, a pesar de estar reguladas, no las ejerce (3:07 p.m.)

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14 de Febrero de 2020

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Actualmente, las visitas no son una facultad de los padres o progenitores, sino un derecho de los menores para permanecer, comunicarse y compartir con sus padres. Así, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la posibilidad de exigencia y fijación no radica solamente en el padre que ha sido injusta y arbitrariamente privado de ellas, sino también la obligatoriedad de su cumplimiento en aquellos casos en que, pese a estar reguladas, no se ejercen por causas imputables al propio padre o a quien le han sido fijadas. Lo anterior significa que la reglamentación de visitas es un derecho absolutamente exigible frente al padre que las impide o a aquel que simplemente no las ejerce. Esta reglamentación solo es requerida cuando los padres están viviendo separados, ya sea por divorcio, separación de cuerpos o simplemente por no haber convivido jamás, señaló la entidad.

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