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Gastos futuros de salud ocasionados por negligencia médica son reparables (11:50 a.m.)

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04 de Enero de 2017

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia publicó el fallo en el que condenó a una entidad promotora de salud al pago de una indemnización por los gastos futuros de atención de salud, entre otros, en que deberá incurrir un menor de edad víctima de lesiones irreparables por el proceder omisivo con el que actuaron los médicos al momento de su nacimiento. La decisión del alto tribunal se adoptó luego de acreditar que el daño físico y mental de la víctima, además de ser directo, cierto y valorable, es irreversible y progresivo. En efecto, explicó que de allí se infiere que el menor, de por vida, requerirá de tratamiento especial y de la ayuda de una persona en sus actividades cotidianas. Para estimar el monto la corporación acudió a las pruebas decretadas de oficio, la cuales arrojaron la necesidad de contar con un tratamiento de rehabilitación integral, terapia ocupacional, fonoaudiología, educación especial y el seguimiento por medicina familiar (M. P. Álvaro Fernando García)

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