11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 47 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Este es el texto del fallo que amplió derechos sucesorales a compañeros permanentes y a parejas homosexuales (11:30 a.m.)

06 de Junio de 2012

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Nota:
81751
La Corte Constitucional oficializó el texto del fallo que extendió a compañeros permanentes y a parejas homosexuales la posibilidad de ser titulares de la sucesión intestada, ser incluidos en el segundo y tercer orden hereditario y a ser excluidos de la porción conyugal por caer en pobreza. A su juicio, en el contrato de matrimonio lo que determina el derecho a formar un orden hereditario o tener vocación hereditaria no es el matrimonio, sino la familia. Ello sumado a que compartir un proyecto de vida implica contribuir al mantenimiento y acrecentamiento del patrimonio de la pareja, lo que hace imperativo que la mención del cónyuge comprenda al compañero o compañera permanente y a las parejas homosexuales. Frente a este último supuesto, recordó que los miembros de la pareja homosexual que conviven en forma permanente forman familia, porque el elemento que confiere identidad a esta no es la heterosexualidad o la consanguinidad, sino el afecto que da lugar a su existencia. En ese sentido, decidió que debía declararse la exequibilidad condicionada de la expresión “cónyuge” contenida en los artículos 1040, 1046, 1047 y 1233 del Código Civil (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

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