Este es el procedimiento de visitas de menores a cargo del ICBF a padres privados de la libertad (8:00 a.m.)
17 de Mayo de 2016
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Nota:
107394
Para llevar a cabo las visitas de menores en protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a padres en centros de reclusión, corresponde al INPEC requerir a la autoridad administrativa competente que adelante el proceso de restablecimiento de derechos del menor para que autorice y realice todas las gestiones necesarias, debiéndose efectuar, por lo menos, una visita al mes. Previamente a emitir la autorización, corresponde a la autoridad verificar la particularidad de cada caso y descartar que el padre o la madre no haya sido condenado a inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad, tenga restringido este derecho por autoridad competente o que las visitas afecten los derechos del menor.
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