Este es el fallo que declaró exequible la única instancia en procesos de custodia (4:38 p.m.)
26 de Septiembre de 2012
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Nota:
84169
En tiempo récord, la Corte Constitucional publicó el texto completo de una decisión de constitucionalidad tomada hace apenas ocho días. El alto tribunal dio a conocer la parte motiva de la declaratoria de exequibilidad de los literales d) y h) del artículo 5° del Decreto 2272 de 1989, en los que se establece la única instancia para los procesos de custodia y permiso de salida del país de niños, niñas y adolescentes. Así las cosas, se explica que estas normas satisfacen el presupuesto constitucional para crear la excepción al principio de doble instancia, esto es, que existan otros recursos, acciones u oportunidades procesales que garanticen adecuadamente el derecho de defensa y el derecho de acceso a la administración de justicia de quienes se ven afectados por lo actuado o lo decidido. En ese sentido, además de las oportunidades brindadas en la contestación de la demanda, la proposición de excepciones de mérito, la solicitud de medidas de saneamiento, la audiencia de conciliación y la de conclusión, está la posibilidad de la conciliación como requisito de procedibilidad. Además, este tipo de decisiones no constituyen cosa juzgada material, pues el juez de familia puede modificar el fallo si hay lugar a ello. De esta forma, se garantiza la celeridad y se evitan situaciones de incertidumbre y conflicto que no corresponden con el interés superior del menor (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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