Estas son las causales de nulidad formal de anotaciones en el registro civil (11:24 a.m.)
17 de Diciembre de 2015
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Nota:
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La filiación guarda conexidad con otros principios y derechos fundamentales, como el reconocimiento de la dignidad humana o el libre desarrollo de la personalidad, por lo que el hecho de que los niños y adolescentes tengan certeza acerca de quién es su progenitor constituye un principio de orden público y hace parte del núcleo esencial del derecho fundamental a la personalidad jurídica, recordó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. En este sentido, el Decreto 1260 de 1970 establece las siguientes causales de nulidad formal en el registro civil de nacimiento: cuando el funcionario actúe fuera de los límites territoriales de su competencia, que los comparecientes no hayan prestado aprobación al texto de inscripción, cuando no aparezca la fecha y el lugar de la autorización o la denominación legal del funcionario, que no aparezca debidamente establecida la identificación de los otorgantes o testigos o la firma de aquellos o estos y cuando no existan los documentos necesarios como presupuestos de la inscripción o de la alternación o cancelación de la misma. Así, indicó la entidad, en el evento en que el funcionario de registro del estado civil reciba una resolución o sentencia declarando la nulidad, debe proceder a ubicar el original y consignar las anotaciones respectivas.
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