Es posible acudir a la equidad para determinar monto del daño (11:10 a.m.)
03 de Marzo de 2016
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Nota:
105105
La Sala Civil de la Corte Suprema reiteró que la utilización de dicho criterio auxiliar es viable en aquellos casos límite en que, habiéndose acreditado el perjuicio patrimonial, la determinación de su cuantía se torna extremadamente difícil, no obstante el cumplimiento de las cargas probatorias por la parte demandante. La Sala advirtió que existen casos en que sería injusto no concretar el valor de la indemnización so pretexto de que a pesar de estar demostrada la existencia del daño su cuantificación no ha sido posible, pues ante esta circunstancia el juez, además de estar impelido a usar las facultades oficiosas en materia probatoria, deberá acceder a criterios de equidad para salvaguardar los derechos de las víctimas (M. P. Ariel Salazar).
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