15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


Enfatizan obligación del juez de dictar sentencia anticipada (11:28 a.m.)

08 de Julio de 2019

Reproducir
Nota:
121681
Una providencia reciente de la Corte Suprema de Justicia enfatiza que los jueces tienen la obligación de, una vez advertido el no cumplimiento del debate probatorio o que de llevarse este último a cabo resultaría inocuo (numeral 3° del artículo 278 del Código General del Proceso), proferir el fallo sin adicionales trámites. Lo anterior en estricto cumplimiento de los principios de celeridad y economía procesal, que, en últimas, reclaman de la justicia decisiones prontas, con el menor número de actuaciones posibles y sin dilaciones injustificadas. De no ser así, finaliza el fallo de la Sala Civil, “sería someter cada causa a una prolongación absurda, completamente injustificada, en contra de los fundamentos sustanciales y procesales que acompañan los trámites judiciales” (M. P. Margarita Cabello Blanco).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)