En Bogotá, arrendadores tienen plazo para remitir informe anual hasta el 20 de marzo (10:30 a.m.)
23 de Febrero de 2016
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Nota:
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Las personas naturales o jurídicas que cuentan con matrícula de arrendador ante la Secretaría del Hábitat de Bogotá deben remitir la relación anual sobre el desarrollo de su actividad con corte a 31 de diciembre del 2015, en relación con los contratos vigentes de arrendamiento y/o de intermediación de inmuebles destinados a vivienda urbana. El incumplimiento de esta obligación acarrea multas entre 1 y 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Los interesados deben ingresar a la página www.habitatbogota.gov.co, seleccionar el formato digital para presentar el mencionado informe y diligenciar toda la información solicitada. Posteriormente, grabar los datos en un CD y radicarlo en la entidad, con plazo máximo hasta el 20 de marzo.
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