El tercero que conoce la simulación en un negocio jurídico no puede alegar su buena fe (8:15 a.m.)
20 de Agosto de 2010
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Nota:
68058
La Corte Suprema de Justicia señaló que el tercero que conoce la simulación en un negocio jurídico no puede alegar su buena fe, por lo que la simulación le es oponible. La corte precisó, en el caso que conoció, que los acreedores hipotecarios que saben que el constituyente del gravamen no es el dueño no pueden recibir de este la tradición. En el fallo, la corporación recordó cómo se demuestra el desconocimiento del principio de congruencia en los fallos de procesos civiles (M.P. Edgardo Villamil Portilla).
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