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El juez de responsabilidad civil del Estado no es una instancia adicional para impugnar providencias (12:44 p.m.)

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30 de Enero de 2020

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El medio de control de reparación directa por error jurisdiccional no es una instancia adicional que permita impugnar las providencias respecto de las cuales las partes estén en desacuerdo, según la Sección Tercera del Consejo de Estado. Así, este yerro no corresponde a una equivocación derivada de la libre interpretación jurídica del sentenciador. Por el contrario, el error jurisdiccional implica que la decisión adoptada debe ser producto de una actuación subjetiva, caprichosa, arbitraria y violatoria del debido proceso (C. P. Guillermo Sánchez).

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