Disposiciones del proyecto sobre lineamientos para quienes prestan servicios en programas del ICBF son inexequibles
18 de Enero de 2021
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Nota:
119307
La Sala Plena de la Corte Constitucional emitió varias disposiciones importantes frente al proyecto de ley 127/15S-277/16C, que establece lineamientos para el trabajo desarrollado por las personas que prestan sus servicios en los programas de atención integral a la primera infancia y protección integral de la niñez y adolescencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), sus derechos laborales y establece garantías en materia de seguridad alimentaria. Inicialmente declaró que en la reelaboración de este proyecto y en relación con los artículos 2, 3, 7 y 10 el Congreso se excedió en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, las modificaciones realizadas son inexequibles y debe acogerse el texto del proyecto que se revisó en la Sentencia C-110 del 2019. Eso mismo ocurrió con el artículo 4, toda vez que el Congreso vulneró lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 167 de la Constitución Política. Adicionalmente, declaró fundadas las objeciones de inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional a la iniciativa, relativas al vicio de procedimiento señalado en los artículos 5 y 6 y los declaró inexequibles. Conozca todos los argumentos en el texto adjunto (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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