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29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Demandan varios artículos del Código Civil sobre prescripción

12 de Mayo de 2021

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La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de los artículos 2513, 2535 y 2536 del Código Civil, así como las reformas de las que estos fueron objeto a través de la Ley 791 del 2002.

 

El artículo 2513 se refiere a la necesidad de alegar la prescripción, el 2535 consagra el concepto de prescripción extintiva y el 2536 los términos de prescripción de la acción ejecutiva y ordinaria. (Lea: Corte reitera jurisprudencia sobre flexibilización de la valoración probatoria en casos de "falsos positivos")

 

El objetivo es que sean declarados exequibles condicionalmente en el sentido de exceptuar de las reglas contenidas en dichos artículos a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos (DD HH).

 

Para el demandante, “las normas demandadas, tal como están redactadas, desconocen que existen diferencias objetivas que hacen necesario un tratamiento diferenciado” respecto de dicha población. (Lea: Ley de Víctimas tendrá vigencia hasta el 2031)

 

En este sentido señala que cuando el hecho generador de una acción civil haya sido una grave violación a los derechos humanos en los términos del DIH o del derecho internacional de los DD HH se vulnerarían los derechos de las víctimas en los siguientes escenarios:

 

-          Aplicando la prescripción extintiva en los términos del artículo 2535 del Código Civil.

-          Invocando la prescripción extintiva en los términos del inciso que adicionó la Ley 791 de 2002 al artículo 2513 del Código Civil.

-          Aplicando el término de 10 años de la prescripción ordinaria consagrado en el artículo 2536 del Código Civil.

 

Concretamente, se exponen tres cargos de inconstitucionalidad frente a las normas demandadas.

 

En primer lugar, considera el accionante que estas disposiciones incurren en una omisión relativa legislativa que resulta lesiva del derecho a la igualdad del que trata el artículo 13 de la Constitución. (Lea: La esperada decisión de la Corte Constitucional en materia de bienes baldíos)

 

Ello por cuanto ignoran el derecho a la igualdad de las víctimas de graves violaciones a los DD HH, así como su calidad de sujetos de especial protección y las condiciones de debilidad y vulnerabilidad manifiestas en las que estas se encuentran.

 

Igualmente, para el demandante las normas acusadas desconocen el bloque de constitucionalidad y el derecho al acceso a la administración de justicia.

 

En concreto consideran que desconoce las obligaciones sobre esta materia contenidas en los artículos 18 de la Declaración Americana de Derechos Humanos, al artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Dentro de este cargo puede mencionarse el caso específico mencionado en la demanda según el cual “[l]a posibilidad de iniciar la acción civil dentro del proceso penal con el término de prescripción propio del delito por el cual se adelanta la investigación restringe la posibilidad de pedir la reparación económica frente a los terceros civilmente responsables”. (Lea: Si juez cambia adecuación del tipo penal debe verificar el cambio en el término de prescripción de la acción penal)

 

Por último, el tercer cargo acusaba a las normas de violar la reserva de ley estatutaria en los términos del artículo 152 de la Constitución. Sin embargo, este fue rechazado por la Corte (Demandante: John Arturo Cárdenas Mesa).

 

Corte Constitucional, Demanda D-14102, Mar. 17/21.

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