Defensor de familia puede ordenar el rescate de un menor ante caso arbitrario de custodia
116773
01 de Julio de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
Si dentro del sistema penal acusatorio es necesario adelantar una entrevista a un menor de edad, las declaraciones solo pueden ser tomadas por el defensor de familia, previo cuestionario enviado por el director del proceso, cuyas preguntas no pueden ser contrarias al interés superior del menor que rinde la entrevista. La participación del defensor se realiza en calidad de garante de los derechos de los niños involucrados, sin que esto implique que deba asumir funciones que recaen en las demás autoridades encargadas del desarrollo del proceso, como el recaudo de evidencias físicas o la incorporación de pruebas. De otra parte, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, si ante el defensor se presenta un caso arbitrario de la custodia y este cuenta con suficientes medios de convicción para ordenar el rescate del menor y el correspondiente allanamiento, en los términos de la Sentencia C-256 del 2008, deberá proceder a realizarlo con base en las facultades otorgadas por la Ley 1098 del 2006.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!