Custodia de la chequera es una decisión propia de las prácticas de control interno en la copropiedad
18 de Agosto de 2020
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Nota:
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El diseño y mantenimiento de la estructura del sistema de control interno en la copropiedad está en cabeza de la administración de la misma, bien sea asamblea de copropietarios, consejo de administración y administración del edificio o conjunto. En este sentido, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, la custodia de las chequeras por un miembro del consejo es una decisión propia de las prácticas de control interno. En todo caso, el revisor fiscal deberá informar a los órganos de administración cuando se haya materializado algún tipo de riesgo o irregularidad bajo las practicas que componen el control interno o cuando se percate de un riesgo potencial de fraude.
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