12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Corte negó nulidad de sentencia de tutela que determinó que los jueces no pueden alegar objeción de conciencia en el ejercicio de sus funciones (10:54 a.m.)

12 de Agosto de 2010

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Nota:
68196
La Corte Constitucional negó la solicitud de nulidad interpuesta por el Procurador General de la Nación contra la Sentencia T-388 del 2009. En el fallo del año pasado, la sala aclaró que los operadores de justicia no pueden interponer la objeción de conciencia sobre una decisión que deben fallar en derecho. Ahora, la corte reiteró que no se cumplen los presupuestos alegados para la nulidad pues, aunque haya carencia actual de objeto, la corporación en sede de revisión tiene el deber de determinar el alcance de los derechos fundamentales cuya protección se solicita. Además, el incidente de nulidad no es una nueva instancia procesal para discutir hechos y pruebas, sino para salvaguardar el derecho fundamental al debido proceso. Respecto al supuesto cambio de jurisprudencia con respecto a la objeción de conciencia, la corte aclaró que no hubo cambio, pues no existía un precedente jurisprudencial al respecto. Nilson Pinilla y Jorge Pretelt salvaron su voto, por estimar que la sala de revisión no tenía competencia para aclarar una decisión de constitucionalidad mediante una sentencia de tutela (M. P. Humberto Sierra).

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