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Noticias / Civil


Coronavirus (covid-19)ARL debe otorgar los implementos necesarios que permitan adoptar protocolo general de bioseguridad

28 de Enero de 2021

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Nota:
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La Resolución 666 del 2020 establece el protocolo de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia generada por la propagación del covid-19, el cual debe ser aplicado por empleadores, trabajadores, contratantes y contratistas. En el caso de empleadores y contratantes, la norma establece una serie de obligaciones como adoptar e implementar cada una de las disposiciones que contiene, de manera que se reduzca la exposición al virus, se refiere a la capacitación, implementar acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral, reportar a la EPS y a la ARL los casos sospechosos y confirmados e incorporar en los canales oficiales de comunicación información relacionada con la prevención y atención del covid-19. Así mismo, trabajadores y contratistas deben cumplir los protocolos de bioseguridad adaptados y adoptados por el empleador o contratante, reportar casos de contagio y tomar medidas de cuidado. En cualquier caso, la implementación del protocolo general de bioseguridad debe estar apoyado por la ARL, que debe otorgar no solo las orientaciones, sino los implementos necesarios que permitan el adecuado funcionamiento del protocolo, en los términos legales. Así lo indicó el Ministerio del Trabajo, en concepto recientemente publicado. 

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