Condicionan norma sobre filiación por presunción en uniones maritales (11:15 a.m.)
29 de Noviembre de 2018
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Nota:
109995
La Corte Constitucional resolvió una acción de inconstitucionalidad contra el inciso 1° del artículo 2° de la Ley 1060 del 2006, por medio del cual se establece la presunción de paternidad y/o maternidad del hijo nacido después de expirados los 180 días subsiguientes a la declaración de la unión marital de hecho. Según el concepto de los demandantes, este aparte trasgrede varias disposiciones constitucionales, toda vez que establece como requisito para dicha presunción la declaración de la unión marital para que obre la garantía legislativa en favor del menor, lo cual, concluyen, atenta contra el interés superior menor y, a su vez, deforma esta figura jurídica, que pretende evitar cualquier contrato o formalismo. El alto tribunal constitucional declaró exequible la norma acusada, bajo el entendido que en las uniones maritales de hecho no se presume la maternidad y/o la paternidad en la declaración de dicha unión, sino en la acreditación.
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