Tiempo de lactancia en contratos de prestación de servicios puede ser acordado por las partes (4:22 p.m.)
11 de Diciembre de 2019
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Nota:
114681
Teniendo en cuenta que la normativa legal relacionada con el contrato de prestación de servicios no regula lo referente al tiempo de lactancia, las condiciones de ejecución se derivan de lo que acuerden las partes. Por lo tanto, precisó el Ministerio del Trabajo, este aspecto puede ser objeto de acuerdo contractual, considerando, además, la crucial importancia que tiene la lactancia en el desarrollo integral del menor. La Ley 1823 del 2017, que adopta la estrategia salas amigas de la familia lactante en el entorno laboral, por ejemplo, dispone que las entidades, sean estas de naturaleza pública o privada, deberán implementar un espacio digno y adecuado para las mujeres en periodo de lactancia que laboren allí.
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