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Superindustria recuerda cuánto tiempo permanece el dato negativo en los bancos de datos (7:50 a.m.)

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06 de Noviembre de 2018

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El dato negativo permanecerá en los bancos de datos por el tiempo que amerite cada caso concreto, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. Si se trata de una mora inferior a dos años, el dato negativo no podrá exceder del doble de la mora, mientras que si es mayor la permanencia será de cuatro años, contados a partir de la fecha en que se extinga la obligación por cualquier modo, como sería el caso de la prescripción, en que el juez constitucional podrá contabilizar el término de 10 años (acción ordinaria) desde la exigibilidad de la obligación, para luego aplicar los cuatro años adicionales que prevé la Ley 1581 del 2012 (Ley de Habeas Data) como sanción, con lo cual se cumple la caducidad del dato, sin que ello implique la declaratoria judicial de prescripción que corresponde al juez civil.       

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