12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Se pueden decretar medidas cautelares sobre los bienes ofrecidos por desmovilizados cuyos poseedores anteriores fueron forzados a vender por precios irrisorios o sin contraprestación (8:02 a.m.)

20 de Mayo de 2010

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Nota:
66538
La Corte Suprema de Justicia aclaró que es procedente decretar medidas cautelares de embargo y secuestro sobre la posesión y mejoras de predios carentes de titulación ofrecidos por los desmovilizados, respecto de los cuales los anteriores poseedores fueron forzados a vender por un precio irrisorio o sin contraprestación alguna. Ello es así porque el ofrecimiento de bienes expresado por el postulado a la Ley de Justicia y Paz tiene como fin compensar a las víctimas de las conductas y constituye un acto de plena responsabilidad. Además, agregó la Sala Penal, las personas que se vieron forzadas a vender se encuentran protegidas frente al menoscabo de su patrimonio cuando se constituyen como víctimas directas por pérdida financiera y recurren a través del incidente de reparación integral. La corporación subrayó que las medidas cautelares sobre estos bienes deben ser ordenadas con carácter urgente, pues tienen como propósito sacar los bienes del comercio para evitar que se distraigan (M.P. Javier Zapata Ortiz).

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