Sala Civil tuteló derecho de una menor a no practicarse prueba de ADN en impugnación de la paternidad (10:37 a.m.)
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27 de Febrero de 2019
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Al resolver la tutela interpuesta por una menor por considerar trasgredidos sus derechos por la decisión de un juez de familia de ordenarle la práctica de una prueba de ADN para determinar su filiación con una persona que ahora reclama ser su padre, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó la importancia de salvaguardar el interés superior del menor en los procesos de impugnación de la paternidad, la autonomía personal y el derecho a la familia. En efecto, indicó que la obstinación del juez de decretar la práctica de la prueba ha implicado el menoscabo de los derechos de la menor, quien en reiteradas ocasiones ha rechazado tal posibilidad por los efectos sicológicos que le genera el hecho de ver eventualmente separado su núcleo familiar. Además, la Sala destacó que el juez no tuvo en cuenta que la accionante tiene un núcleo familiar que solventa sus necesidades espirituales, intelectuales y materiales, por lo que ha construido una estrecha relación afectiva con el hombre que la reconoció como hija y siempre la ha tratado como tal, vínculo que debe ser protegido. Así las cosas, la Corporación amparó los derechos de la menor y validó su voluntad de negarse a la práctica de esta prueba (M. P. Ariel Salazar Ramírez).
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