Sala Civil precisa alcance de una causal del recurso extraordinario de revisión (11:46 a.m.)
02 de Noviembre de 2018
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Nota:
108864
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó el alcance de la causal de revisión sobre nulidad originada en la sentencia que puso fin al proceso. Así, explicó que a través de ella no se debe alegar alguna nulidad del proceso nacida antes de proferir el fallo que decide el litigio y que, por tanto, podría y debía haberse alegado antes de esta oportunidad so pena de saneamiento. Tampoco se puede aducir la indebida notificación ni falta de ella o del emplazamiento, sino las irregularidades en que, al tiempo de proferir la sentencia no susceptible de apelación o casación, pueda incurrir el fallador. Un ejemplo podría ser proferir sentencia en un proceso terminado anormalmente por desistimiento, transacción o perención; o condenar en ella a quien no ha figurado como parte; o cuando dicha providencia se dicta estando suspendido el proceso, concluye la corporación (M. P. Álvaro Fernando García).
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