Reglamento de la propiedad horizontal regula los informes financieros intermedios (2:26 p.m.)
21 de Junio de 2018
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Nota:
108395
Los marcos de información financiera no establecen un periodo específico para el cual sea adecuado presentar informes financieros intermedios de propósito general, de manera que se trata de un asunto que debe ser definido por las autoridades locales, como es el caso de las que ejercen inspección, vigilancia y control de las copropiedades. Así las cosas, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, sobre los efectos de no atender un derecho de petición por parte de los responsables de los estados financieros en una copropiedad (administradores) es recomendable revisar lo previsto en el respectivo reglamento de la propiedad horizontal, en cuanto al suministro de información intermedia a los copropietarios, y lo pertinente de la regulación del derecho de petición (Ley 1755 del 2015).
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