Recuerdan la prueba conducente para demostrar el derecho de propiedad
05 de Octubre de 2020
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Nota:
118507
Un fallo de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recuerda que la prueba conducente para demostrar el derecho de propiedad no puede ser otra “que la copia auténtica de la escritura correspondiente, con la nota de registro del caso, junto al certificado del registrador”. Esto quiere decir que para acreditar la propiedad es necesario la prueba idónea del respectivo título, “aparejada de la constancia (o certificación) de haberse materializado el correspondiente modo. No el uno o el otro, sino los dos”, finaliza el fallo (M. P. Wilson Quiroz).
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