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Queda en firme disposición sobre beneficios en vivienda familiar para municipios afectados de crisis con Venezuela (9:11 a.m.)

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25 de Noviembre de 2015

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Por unanimidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-703 del 2015, declaró la constitucionalidad del Decreto 1819 del 2015, por medio del cual se adoptan una serie de disposiciones en materia de vivienda familiar para afrontar la crisis humanitaria y social con Venezuela. De acuerdo con lo anterior, la alta corporación constató que la prioridad que se da a los municipios afectados para ser favorecidos de los recursos y programas de vivienda familiar tiene plena justificación en la crisis humanitaria generada por las autoridades venezolanas en la región fronteriza y busca soluciones efectivas para los nacionales colombianos que se vieron obligados a salir de manera intempestiva dejando sus residencias y sus enseres de primera necesidad en el vecino pais. Finalmente, agregó que estas medidas están relacionadas en forma directa y específica con la difícil situación en la que se han visto afectados los municipios fronterizos declarados en estado de emergencia, y se establecen necesarias, adecuadas e indispensables para este fin (M.P. Jorge Iván Palacio).

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