Por no sustentar falta de unidad de materia, Corte se declara inhibida en demanda contra Régimen Municipal (2:48 p.m.)
09 de Diciembre de 2013
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Nota:
93396
La Corte Constitucional explicó que cuando se demanda una norma por violación del principio de unidad de materia al actor le corresponde exponer las razones que demuestren la falta de conexidad con el núcleo de la disposición que se ataca, en este caso los artículos 45, 46 y 47 de la Ley 1551 del 2012. Frente a la última demanda contra las normas que regulan la prohibición de imponer medidas cautelares sobre bienes inembargables de la Nación, la corporación sostuvo que el accionante se limitó a sustentar por qué, a su juicio, la disposición no se ajustaba al “gobernanza” o el “buen gobierno”, sin señalar dónde radicaba la falta de unidad; de ahí que la Sala Plena se haya declarado inhibida para analizar el tema de fondo (M. P. Jorge Iván Palacio).
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