Por asumir riesgos y beneficios, bien recibido en un contrato de permuta debe reconocerse como propiedad, planta y equipo (9:40 a.m.)
11 de Diciembre de 2015
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Nota:
104753
El bien recibido por una entidad producto de un contrato de permuta debe reconocerse en los estados financieros como propiedad, planta y equipo, ya que quien recibe el bien asume los riesgos y beneficios principales derivados de la propiedad del activo. En este caso, la vida útil sería la de la duración del contrato y debería ser reconocido a su valor razonable en función del uso esperado, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En el caso analizado, si se puede establecer que los servicios prestados por el comodatario en retribución por el activo recibido son sustancialmente inferiores al valor razonable del bien objeto del comodato, el bien sigue siendo un elemento de propiedad, planta y equipo, pero los descuentos se tomarían como un menor valor del ingreso por prestación de servicios del comodatario.
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