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16 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 8 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Piden inexequibilidad de insólita norma para validar posesión notoria del matrimonio

25 de Febrero de 2019

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La Procuraduría General de la Nación pidió declarar inexequible la norma que fija como requisito para probar la existencia del estado civil de casado certificar que la mujer fue aceptada por la familia y amigos del esposo, así como por los vecinos de su lugar de residencia.

 

En concepto enviado a la Corte Constitucional, el Ministerio Público señaló que la norma demandada (artículo 396 del Código Civil) vulnera la dignidad e igualdad de las mujeres, porque crea para ellas estándares completamente distintos a los que se fijan a los hombres.

 

En sus palabras, el artículo promueve la realización de juicios morales sobre el comportamiento de las mujeres y perpetúa una visión patriarcal de las relaciones matrimoniales.

 

Precisó que la Constitución Política reivindica el papel de la mujer en la familia y la sociedad, e invalida las concepciones que la consideran inferior al varón y atan a la decisión del esposo el libre ejercicio de sus derechos. (Lea: Simples actos de infidelidad no constituyen causal de disolución de la unión marital de hecho)

 

Demanda

 

Vale la pena recordar que el demandante considera que los efectos de la norma son denigrantes para la mujer, dado que ella no tiene por qué demostrar o aparentar ante los amigos del marido tal calidad, y esta figura se debe materializar en el momento de concurrir los mismos derechos y deberes en la pareja, donde cada uno tenga igual liderazgo y libertades.

 

Estos estereotipos de género, agrega, conciben a la mujer como un sujeto con menos derechos y nuestra Constitución reconoce una especial protección para ella, mientras que esta exigencia desproporcionada no se le impone al hombre.

 

También explica que la Corte ha estimado cuáles son los parámetros para evaluar la constitucionalidad de un trato diferente entre hombres y mujeres, determinando que de ninguna manera pueden aceptarse diferenciaciones desproporcionadas e irrazonables, pues esta sería una medida discriminatoria.

 

Lo cierto es que la última palabra la tendrán los magistrados del alto tribunal, que ya se aprestan a estudiar esta insólita norma de nuestro estatuto civil.

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