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Omisión de descontar y consignar la porción de la pensión que corresponde a las cuotas alimentarias vulnera derechos (3:23 p.m.)

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28 de Marzo de 2018

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Un fallo de tutela del Consejo Superior de la Judicatura concluye que la omisión de descontar y consignar la porción de la pensión que corresponde a las cuotas alimentarias vulnera los derechos del menor económicamente dependiente de ello. En las mismas palabras de la Sala Disciplinaria, “afecta de contera su derecho al mínimo vital, habida cuenta que, según lo manifestado por la accionante, es madre cabeza de familia y no tiene empleo”. Finalmente, el alto tribunal enfatizó que el hecho de que el accionado, en este caso la Fiduprevisora, presente problemas en el número respectivo de la cuenta, no es impedimento para que este de manera interna gestione las medidas necesarias, que en realidad son ajenas a la accionante, y propugne por el cumplimiento de la obligación a su cargo (M.P. Fidalgo Javier Estupiñán).

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