Civil
Notarios deben reportar aporte especial para la administración de justicia
08 de Abril de 2014
Mediante la revisión de informes estadísticos, la Superintendencia de Notariado y Registro observó que algunos notarios no están reportando ni anexando el pago del aporte especial para la administración de justicia.
Por esa razón, a través de una instrucción administrativa, la entidad puso en alerta a estos servidores, para evitar que queden incursos en una posible investigación disciplinaria por el incumplimiento de esa obligación.
La Constitución, en su artículo 131, inciso 1°, señala que le compete a la ley la reglamentación del servicio público que prestan los notarios y lo relativo a los aportes, como tributación especial de las notarías, con destino a la administración de justicia.
Este aporte, que equivale al 10 % de los ingresos brutos notariales, no puede trasladarse a los usuarios del servicio y se debe liquidar mensualmente sobre los ingresos obtenidos.
Para calcular el aporte, se consideran ingresos notariales los recibidos como derechos con ocasión del cumplimiento de funciones tales como el otorgamiento y la autorización de escrituras; las protocolizaciones; la guarda, apertura y publicación de testamentos cerrados; el reconocimiento de documentos privados; las autenticaciones, y los testimonios de fe de vida.
Informe estadístico
El informe estadístico debe enviarse a la Superintendencia dentro de los 15 primeros días de cada mes. A este se anexan, entre otros documentos, la copia de los pagos de consignación del aporte especial para la administración de justicia.
Si no se entregan los soportes de cumplimiento de las obligaciones, estas se entenderán por no satisfechas, lo acarrearía una posible investigación disciplinaria, advirtió la entidad.
Opina, Comenta