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Normas que conceden nacionalidad colombiana a hijos de migrantes venezolanos no habilitan ‘ipso facto’ adoptabilidad (2:40 p.m.)

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06 de Febrero de 2020

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La Ley 1997 y la Resolución 8470 del 2019 fueron expedidas para dar solución a la situación irregular que padecen los niños nacidos en Colombia de padres venezolanos que por no cumplir con el requisito de domicilio en el país no podían acceder a la nacionalidad colombiana. Aunque estas normas no habilitan ipso facto la posibilidad de declarar en adoptabilidad, sí facilitan la efectividad de dicha medida, pues con la existencia del registro civil en su calidad de colombianos puede presentarse la demanda de adopción ante el juez de familia y hacerse la respectiva anotación, tal y como lo exige el Código de Infancia y Adolescencia. En todo caso, señaló el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la nacionalidad otorgada a los menores así no asegura la posibilidad de que estos puedan ser declarados en adoptabilidad, por cuanto para que el proceso de restablecimiento de derechos llegue a esa instancia la autoridad administrativa debe superar de manera rigurosa todos los demás pasos y etapas que lo componen.

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