No se debe confundir título ejecutivo con título valor: Corte Suprema (1:38 p.m.)
19 de Junio de 2019
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Nota:
111267
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia precisó que no se debe confundir el título ejecutivo con el título valor, toda vez que cada uno de ellos responden a características jurídicas que los diferencian. Al respecto, enfatizó que todo título valor puede ser título ejecutivo, pero no todo título ejecutivo es un título valor. Frente a los títulos valores precisó que, en nuestra legislación, son de carácter taxativo, esto es, solo los calificados por la ley son tenidos como tales. Además, son definidos como bienes mercantiles y son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónoma que allí se incorpora (M. P. Luis Armando Tolosa Villabona).
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