Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


No es obligatorio instaurar demandas contra sucursales o agencias en la ciudad del domicilio principal (10:23 a.m.)

Openx [71](300x120)

54092

17 de Febrero de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que en los procesos instaurados contra personas jurídicas el juez competente para conocer de la demanda es el del domicilio principal. Sin embargo, resaltó que cuando se trate de asuntos vinculados a una sucursal o agencia son competentes, a prevención, tanto el operador judicial en donde se encuentra domiciliada la oficina principal como el de la filial. De esta manera, precisó que tratándose de personas jurídicas y excluidas los eventos de atribución judicial privativa se amplían a elección del reclamante para radicar su causa. Por lo tanto, en estas situaciones no es procedente restringir la competencia para el conocimiento de una controversia (M. P. Luis Alonso Rico).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)