14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 43 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


Laudo extranjero sólo contraría el orden público, si vulnera instituciones de derecho interno (10:54 a.m.)

19 de Agosto de 2011

Reproducir
Nota:
76187
El concepto de orden público que tiene el alcance de enervar el reconocimiento o la ejecución de un laudo extranjero hecho bajo el amparo de la Convención de Nueva York se limita a los principios básicos de las instituciones del derecho interno, como la prohibición de ejercicio abusivo de los derechos, la buena fe, la imparcialidad del tribunal arbitral y el respeto al debido proceso. La Corte Suprema de Justicia aclaró que cualquier incompatibilidad entre las leyes extranjeras y las internas no conduce a negar el exequátur de un laudo (M. P. Ruth Marina Díaz).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)