La indemnización de perjuicios en materia penal debe observar las normas que regulan la casación civil (12:53 p.m.)
10 de Febrero de 2020
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Nota:
115192
"Un auto de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisa que en materia de reparación integral y de indemnización de perjuicios el interés para recurrir en casación debe fundarse en las causales y cuantía establecidas en las normas que regulan la casación civil. De ahí que el competente para definir el monto de la cuantía para acceder al recurso es el tribunal de instancia. Según el pronunciamiento, ""cuando la casación tenga por objeto únicamente lo referente a la reparación integral decretada en la providencia que resuelva el incidente deberá tener como fundamento las causales y la cuantía establecidas en las normas que regulan la casación civil” (M. P. Eyder Patiño Cabrera). "
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