Juez debe valorar conjuntamente hechos y pretensiones para determinar naturaleza y alcance de la acción (11:03 a.m.)
13 de Octubre de 2017
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Nota:
58153
Si bien es cierto que uno de los elementos que sirve a la identificación del litigio que se proponga en una determinada demanda es la pretensión, en sí misma considerada, también lo es que tal aspecto no es el único, y mucho menos uno suficiente, para particularizar la acción planteada, precisa la Sala Civil de la Corte Suprema; toda vez que las específicas peticiones elevadas deben ponderarse en conjunción con la causa aducida en su respaldo, constituida por los hechos invocados y por los efectos jurídicos que en relación con ellos haya esgrimido el propio actor. Por lo tanto, no pueden los sentenciadores de instancia separar las pretensiones y hechos de la demanda solo considerando los primeros y obviando los segundos, ya que determinar el alcance de la acción intentada bajo esa modalidad conduce a su desfiguración (M. P. Álvaro Fernando García Restrepo).
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