Incluir sentido del fallo en el sistema de gestión judicial antes de las firmas de los magistrados no estructura nulidad (4:25 p.m.)
15 de Noviembre de 2013
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Nota:
92641
La Sala Civil de la Corte Suprema señaló que si uno de los integrantes de una sala de decisión omite suscribir una providencia, esa circunstancia no invalida el fallo. A su juicio, en ciertos eventos, aún después de notificada se autoriza cumplir esa formalidad. En el caso analizado, concluyó que se cumplieron los formalismos legales para emitir la sentencia, pues la ponente registró y entregó el proyecto oportunamente, se fijaron los avisos de citación para las sesiones de la sala de decisión, a cada una de esas reuniones concurrieron los tres magistrados y se aprobó el fallo con el quórum mínimo. Además, en el caso que solo hubiera participado la mayoría, también tendría validez, agregó. El alto tribunal precisó que por el hecho de habérsele dado irregularmente publicidad a la decisión mediante su inclusión en el sistema de gestión judicial, antes de completar las firmas de todos los magistrados, no se estructura nulidad (M. P. Ruth Marina Díaz Rueda).
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