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IMPORTANTE: Sala Civil explica vicios del consentimiento en compraventa de tierras (1:53 p.m.)

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27 de Mayo de 2019

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que para anular una compraventa de tierras por presunto vicio de consentimiento a causa de la fuerza, bajo el contexto del conflicto armado, se debe demostrar la violencia y su conexión con el negocio celebrado en esas condiciones. En el caso analizado, si bien un grupo ilegal despojó de las tierras al actor y un tercero convirtió tal circunstancia en una compraventa (pero sin mediar por parte suya fuerza orientada a causar en el vendedor una impresión fuerte o un temor irreparable y grave de sufrir un mal, como sí lo hubo por parte de los paramilitares), estos eventos difieren totalmente del negocio y, por lo mismo, son ajenos a la fuerza requerida para conformarse como vicio del consentimiento. Por lo anterior, negó la pretensión principal y revocó la sentencia apelada. Así mismo, se declaró configurada la caducidad de la acción de rescisión por lesión enorme, planteada de forma subsidiaria en la demanda. Los magistrados Aroldo Wilson Quiroz, Margarita Cabello y Luis Armando Tolosa salvaron el voto (M. P. Luis Alonso Rico Puerta).

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