Esto se requiere para que sea válida la notificación por correo electrónico de un fallo de tutela (3:16 p.m.)
13 de Noviembre de 2018
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Nota:
108733
Un fallo reciente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia estudia la validez de la notificación por correo electrónico del fallo de tutela. En palabras de la Sala, cuando se conozca la dirección electrónica de quien deba ser notificado la comunicación podrá remitirse por el secretario del juzgado o el interesado por este medio. “Se presumirá que el destinatario ha recibido la comunicación cuando el iniciador recepcione acuse de recibido. En este caso se dejará constancia de ello en el expediente y adjuntará una impresión del mensaje de datos”, precisa la providencia (M. P. Álvaro Fernando García).
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