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Esterilización de personas con discapacidad no opera por la sola decisión de representantes legales o defensores de familia (8:08 a.m.)

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15 de Diciembre de 2015

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La esterilización de personas con discapacidad declaradas o no en adoptabilidad no opera por la sola decisión de los representantes legales o defensores de familia, siendo necesario tanto para personas mayores de 18 años como de niños y adolescentes obtener la declaratoria de interdicción y la licencia judicial para el efecto, indicó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. En el caso de los menores de edad con discapacidad, es indispensable tener en cuenta que la anticoncepción quirúrgica solo es posible en los términos y bajo las excepciones planteadas por la Corte Constitucional en la Sentencia C-131 del 2014, es decir, riesgo inminente de muerte de la madre a raíz de un eventual embarazo o cuando se trate de una discapacidad profunda o severa que le impida la paciente consentir en el futuro.      

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