Derecho a la salud de personas transgénero está relacionado con su identidad sexual y de género
28 de Agosto de 2020
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117825
Al revisar una sentencia de tutela, la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional precisó que el derecho a la salud de las personas transgénero tiene una estrecha relación con su derecho a la identidad sexual y de género. Lo anterior en la medida en que para lograr una coincidencia entre sus características físicas del sexo registrado al nacer y su identidad de género necesitan someterse a un proceso quirúrgico de reafirmación sexual, el cual requerirá de distintos tipos de procedimientos médicos (cirugías o tratamientos hormonales), dependiendo de la valoración integral que realicen los especialistas de la salud en cada caso en particular. Bajo este panorama, la Corporación advirtió que se configura una afectación de los derechos fundamentales de estas personas cuando las entidades del sistema de salud imponen barreras injustificadas para acceder a la prestación de los servicios médicos necesarios en dicho proceso y ante la verificación de esta situación ha ordenado el procedimiento en cuestión. Por ello, con base en su jurisprudencia y frente a la necesidad de otorgar los servicios, aseguró que deben haber sido previamente prescritos por el especialista de la salud, para lo cual se requiere un diagnóstico efectivo del paciente de una condición médica que haga necesario el tratamiento de readecuación (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).
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