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Daños en las redes internas de la propiedad horizontal deben ser asumidos por los propietarios (8:00 a.m.)

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04 de Septiembre de 2018

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El costo de los daños que se presenten en las redes internas de edificios de propiedad horizontal, sobre las cuales las empresas prestadoras no tienen servidumbres, deben ser asumidos por los propietarios de los inmuebles privados que componen la copropiedad, de acuerdo con las normas especiales vigentes en materia de propiedad horizontal, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. La instalación de cualquier clase de equipos o la realización de modificaciones de una red interna es responsabilidad exclusiva de propietarios, por lo que no puede ser imputada al prestador de servicios, sin perjuicio de los acuerdos privados a que propietarios y prestadores puedan llegar.   

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