Cuando hay dos o más procesos de sucesión no hay conflicto de competencia (1:46 p.m.)
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23 de Marzo de 2018
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Cuando se adelanten dos o más procesos de sucesión de un mismo causante cualquiera de los interesados podrá solicitar que se decrete la nulidad del proceso inscrito con posterioridad en el Registro Nacional de Apertura de Procesos de Sucesión, recordó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia con fundamento en el artículo 522 del Código General del Proceso (CGP). En ese sentido, sin perjuicio del conflicto pasivo que pueda suscitarse con base en el artículo 521 del CGP (sobre abstención para seguir trámite), la norma vigente suprimió la apertura de conflictos de competencia para resolver los casos donde se adelanten dos o más procesos. Así las cosas, los interesados pueden interponer la nulidad en los términos referidos, para lo cual deberán acreditar ante el juzgado de interés dicho trámite y aportar los certificados sobre la existencia de los procesos y el estado en que se encuentren, para lo cual se realizará un trámite incidental (M. P. Margarita Cabello Blanco).
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