Corresponde a la asamblea de copropietarios aprobar o no los estados financieros que presenta la administración (3:00 p.m.)
11 de Septiembre de 2018
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Nota:
110215
De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 675 del 2001, le corresponde a la asamblea de copropietarios aprobar los estados financieros de la propiedad horizontal, los cuales son responsabilidad de la administración. Si en el proceso de revisión de la información certificada y/o dictaminada se identifican errores que afectan la razonabilidad, la asamblea decide si aprueba o no. En el evento de ser aprobados aun con errores materiales, los copropietarios en desacuerdo podrán incorporar en el acta respectiva las razones de la no aprobación, situación que tendrá los efectos legales que de ellos se deriven. Por el contrario, si no son aprobados, se podría requerir a la administración para que realice los ajustes necesarios, o realizar la contratación de una auditoría externa independiente.
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