Pasar al contenido principal
25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


Condicionan norma del régimen de representación legal de incapaces emancipados

28 de Noviembre de 2018

Reproducir
Nota:
36607
Imagen
negocio-socios-acuerdobigstock11.jpg

La Corte Constitucional declaró exequible condicionalmente el artículo 32 de la Ley 1306 del 2009, por medio de la cual se dictan normas para la protección de las personas con discapacidad mental y se establece el régimen de representación legal de incapaces emancipados, bajo el entendido que también comprende a los familiares con parentesco civil extendido hasta el tercer grado.  

 

Según la demanda, la disposición vulneraba el principio de igualdad. En efecto, la norma dispone la medida de inhabilitación para las personas que padezcan deficiencias de comportamiento, prodigialidad o inmadurez negocial y que como consecuencia de ello puedan poner en serio riesgo su patrimonio. 

 

El fallo indica que las consecuencias de la existencia de una omisión legislativa relativa por regla general, y de conformidad con el principio democrático, no implicaban la declaratoria de inconstitucionalidad de la norma acusada, sino la incorporación de una adición ajustada a los mandatos constitucionales.

 

En consecuencia, concluyó que correspondía a la Corte adoptar el remedio, que para el caso es una sentencia aditiva, que incluyera el contenido reclamado por el demandante, reiterando que dentro del orden constitucional vigente no pueden tener cabida unas normas que establezcan diferencias de trato entre situaciones familiares similares, si no se cuenta con razones poderosas, imperiosas y necesarias que justifiquen tal trato.

 

Corte Constitucional, Comunicado Sentencia C-110, Nov. 07/18.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)