Asuntos de familia que involucran a los mismos sujetos procesales deben ser resueltos por un solo servidor judicial (2:42 p.m)
02 de Junio de 2017
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Nota:
55296
Al resolver un conflicto de competencia, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia aclaró que el legislador concentró la competencia de ciertos asuntos en materia de familia a un solo servidor judicial, razón por la cual ha dispuesto, por ejemplo, que el estrado que resuelva sobre la nulidad del matrimonio civil, divorcio o cesación de efectos civiles sea el mismo que defina lo relacionado con la custodia de los hijos comunes, los alimentos para ellos y, de ser el caso, el monto de la pensión alimentaria que uno de los cónyuges deba al otro. Aun así, en el caso analizado el alto tribunal dispuso, de manera excepcional, que el trámite de la liquidación conyugal por el que se originó la controversia fuese asumido por un juez diferente al que declaró disuelta la referida sociedad, en tanto la actuación precedente fue resuelta antes de la entrada en vigencia la hoy denominada especialidad de familia de la jurisdicción ordinaria (M. P. Aroldo Wilson Quiroz).
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