Aportes del ICBF no conforman el patrimonio de quienes prestan servicios a la primera infancia (11:06 a.m.)
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05 de Diciembre de 2018
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Los recursos destinados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para la atención de los menores de edad en los programas de primera infancia, a través de personas jurídicas que hacen parte del sistema, no pueden considerarse como parte del patrimonio privado de dichas personas jurídicas, sino que son exclusivamente para dicha operación, bajo supervisión estricta. Por su parte, las cuotas de participación, que corresponden al aporte económico que realizan los padres o personas responsables de los menores beneficiarios de los hogares comunitarios, si bien no son recursos públicos, sí tienen naturaleza y destinación específica (cualificar la prestación de servicio), por lo que no pueden hacer parte del patrimonio de la persona jurídica que presta servicios de atención a la primera infancia.
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