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Amenaza a derechos de los niños y no separación de núcleo familiar deben ponderarse

15 de Agosto de 2013

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Nota:
23484

Cuando el contacto con el núcleo familiar suponga una amenaza para ciertas garantías fundamentales del menor, estas deben sopesarse con su derecho a tener una familia y  a no ser separado de ella.

 

Así lo indicó la Corte Constitucional, al pronunciarse sobre el contacto que debían mantener una menor y su madre, aun cuando la salud síquica de la primera se viera en riesgo y no obstante que la segunda estuviera privada de su libertad, por estar vinculada a un caso de probable acto sexual abusivo con menor de 14 años.

 

De acuerdo con el alto tribunal, el juez civil que ordenó reactivar los encuentros entre la madre y la menor en condiciones especiales no desacató el fallo de tutela en virtud del cual el ICBF señaló que las visitas podrían generar una desmejora en la salud síquica de la niña.

 

Según la Corte, el propósito del juez de tutela no era prohibir de manera permanente el contacto de la menor con su núcleo familiar. Al contrario, su interés fue propiciar que los encuentros dejaran de afectar su salud.

 

En opinión de la corporación, fue la autoridad administrativa la que determinó que era inconveniente permitir que la pequeña siguiera visitando a su progenitora, lo que no impedía que el juez civil ordenara un nuevo examen pericial, en el que se determinó que sí era viable, pero bajo medidas especiales.

 

Finalmente, solicitó que se tomen medidas urgentes sobre la custodia de la niña, teniendo en cuenta que tanto la madre como el padre fueron absueltos en el proceso que enfrentaban por acto sexual abusivo con menor de 14 años.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-1090, dic. 12/12, M. P. Gabriel Eduardo Mendoza)

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